Buenas!
Tengo entendido que a partir del dÃa 1 del séptimo mes, se te considera residente eximiéndote de pagar los impuestos que se pagarÃan en España (siempre y cuando claro está tengas la visa en orden)
Por otro lado comentar que la empresa ·¡²õ±è²¹Ã±´Ç±ôa que te manda a °¿³¾Ã¡²Ô, seguirá cotizando por ti en la seguridad social..