Estas son unas muy breves consideraciones sobre el régimen tributario peruano, orientada hacia los trabajadores y los profesionales independientes o autónomos. En ningún momento pretenden sustituir la asesorÃa profesional de un contador público ni la orientación que te pueden dar en la sede de la administración tributaria.
SUNAT
El organismo encargado de la administración tributaria en ±Ê±ð°ùú es la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, organismo adscrito al Ministerio de EconomÃa y Finanzas. Puedes leer sobre su marco normativo
El RUC
El Registro único de Contribuyentes, o RUC, es tu identificación tributaria. Debes tramitarlo antes de comenzar tus operaciones como autónomo o independiente. Para ello necesitarás una copia de tu Carné de Extranjeria y la copia de un recibo de servicios públicos vigente de tu domicilio. Si el recibo no está a tu nombre, deberás tener la autorización del propietario del inmueble. Esta planilla te la dan en la sede de SUNAT. En Lima, debes dirigirte a la sede ubicada en Miraflores.
Clave SOL
Al tramitar tu RUC también te darán una clave para hacer tus operaciones tributarias por internet. Si eres independiente, directamente desde ²¹±ç³Üà generarás tus recibos por honorarios y automáticamente el sistema actualiza tu registro de ingresos.
Impuesto a la renta
Dependiendo del origen de las rentas hay distintas categorÃas tributarias en ±Ê±ð°ùú, se dividen en tres grandes grupos: rentas de capital, rentas de trabajo y rentas empresariales. A continuación trataremos sobre dos categorÃas de rentas de trabajo: los independientes (4ta CategorÃa) y los trabajadores (5ta CategorÃa)
Los Independientes
Las personas que realizan cualquier trabajo individual, de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia. son considerados independientes y generan rentas de 4ta CategorÃa.
Debes tener en cuenta, al emitir Recibos por Honorarios, que estás obligado a hacer declaraciones de renta mensuales. Salvo que el total de tus recibos sea menor o igual a S./ 2807,00. También debes tener presente que por cada recibo mayor de S./ 1500,00 deberás indicar la retención para que la empresa contratante sustraiga el monto de impuestos correspondiente. A final de año si generaste ingresos por s./ 25000,00 deberás presentar tu declaración de rentas.
Si realizas trabajos on line a empresas ubicadas fuera del ±Ê±ð°ùú el sistema te permite generar recibos por honorarios a compañÃas no domiciliadas en el paÃs.
Para más información sobre rentas de 4ta categorÃa puedes hacer click .
Los trabajadores
Como habitante del ±Ê±ð°ùú, nacional o extranjero, estarás obligado a contribuir tributariamente. Las rentas generadas por tu trabajo bajo relación de dependencia, son consideradas rentas de 5ta CategorÃa. Debes saber que toda retribución percibida por servicios personales se considera de 5ta categorÃa, incluyendo los ingresos provenientes de cooperativas.
Para más información sobre rentas de 5ta categorÃa puedes hacer click .
Fuentes
SUNAT
SUNAT Marco Normativo
El impuesto a la renta
Rentas de 4ta Categoria
Rentas de 5ta Categoria
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