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IMPUESTOS /DESCUENTOS AL SUELDO POR SER EXTRANJERO

Nueva conversación

Crisblan

Buen Día quería plantear este tema ya que dos amistades me han comentado que en ±Ê±ð°ùú al momento de poder encontrar un contrato de trabajo y entrar en planilla si eres extranjero te debitan por un año un porcentaje bastante alto de tu sueldo :S   un aprox de 35 por cierto o algo asi--- Luego del año ya son los impuestos regulares que siempre se pagan por cada empleado creo que 15 peo igual al principio 35 o mas es de considerar para que saquemos cuentas antes de todo..
Espero el tema sea útil para todos y quien sepa de esta info que trabaje en rrhh o en legal nos oriente un poquito.
Saludos
Cristina

Joan

Hola Cristina,

Bienvenida a ½ûÂþÌìÌÃ!

Muchas gracias por tu aporte.



Joan
Equipo ½ûÂþÌìÌÃ

gohu2326

Hola,

No estoy al tanto de un impuesto por ser extranjero, pero como Peruanos ya tenemos algunos impuestos que pagar ( yo creo que en ese 30% esta esto qeu te menciono):

- 13 % aproximadamente  que nos descuentan para el AFP ( Jubilación).
-  15% aprox por impuesto de quinta categoría, esto impuesto depende mucho de tu sueldo, si ganas menos de 1800 no te cobran este impuesto.

Imagino que esto ya se considera dentro del 30% que te hacen mención.

Saludos,

Crisblan

Ya entiendo! Mil gracias es importante considerar ese descuento en las cuentas que uno haga mensual  :blink:  aunque entiendo que luego si te vas del país puedes recuperar las de la jubilación ( esa parte la leí en este foro jeje ) pero tenia la duda Gracias!!

luiginavarro

Crisblan escribió:

Ya entiendo! Mil gracias es importante considerar ese descuento en las cuentas que uno haga mensual  :blink:  aunque entiendo que luego si te vas del país puedes recuperar las de la jubilación ( esa parte la leí en este foro jeje ) pero tenia la duda Gracias!!


Hola Crisblan
Tienes razón, los extranjeros pagan 30% de Impuesto Sobre La Renta mientras obtienen el status migratorio de domiciliado. Este status se consigue al pasar 183 días continuos en territorio peruano (sin salir del país) en un mismo año calendario. Una vez transcurrido este tiempo serías calificado de domiciliado pero gozarías de dicho tratamiento en el año calendario siguiente.

Respecto a las alicuotas de retención por ISLR, estos varian de acuerdo al nivel de ingresos y pueden ser de 0% a 30%. La AFP es una deducción fija oblogatoria.

En este link más detalles:

Saludos
Luigi

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